El ministro de Economía Fernando Lorenzo “abusó de poder funcional” y “operó ilegítimamente de garante verbal frente al BROU, a favor de una empresa extranjera Cosmo”, consideró Juan Gómez, fiscal de la causa por Pluna. El documento señala que los controles a Leadgate "no fueron suficientes"
El pedido de fiscal Juan Gómez por el que fueron procesados los
gerentes de Leadgate, el escribano que subastó los siete aviones de
Pluna y por el que se pidió el procesamiento del ex ministro Fernando
Lorenzo y el presidente del BROU, Fernando Calloia señala que hubo
"oscuridades" desde el inicio de la intervención de Leadgate y que el
gobierno no controló lo suficiente al menos hasta el año 2010.
En el documento Gómez pide procesar con prisión a los gerentes de
Leadgate por un delito continuado de estafa, a Fernado Calloia y el ex
ministro Fernando Lorenzo por un delito de abusos de funciones y al
escribano que participó en la subasta de los siete aviones de Pluna, por
un delito de certificación falsa.
La denuncia del Partido Nacional
El Partido Nacional presentó la denuncia en mayo de 2012, iniciando
así la investigación sobre el caso Pluna. En esa oportunidad
cuestionaron la celeridad con la que se contrató a la consultora FICUS
Capital, como intermediaria para elegir un accionista para Pluna, las
observaciones realizadas por el Tribunal de Cuentas sobre el proceso de
elección y vinculos familiares que podrían perjudicar la transparencia
del proceso.
Además cuestionaron el incumplimiento del Plan de Negocios que
Leadgate presentó, los negocios con la empresa AEROVIP-que había
quebrado- presentados como una forma de acceder al mercado argentino, lo
que no sucedió y las pérdidas de la empresa por 92 millones de dólares,
entre 2007 y 2011.
En esa misma denuncia, el Partido Nacional cuestionó los altos
costos de las asesorías y el sueldo de 17 mil dólares mensuales que
ganaba cada uno de los tres gerentes de la empresa y la venta
sistemática de los activos de la empresa, el edificio en Buenos Aires,
las Oficinas en Río de Janeiro, el Argentino Hotel de Piriápolis,
repuestos de aviones y hasta un motor.
Los gerentes de la empresa
Según relata la vista fiscal, como en la licitación para elegir un
socio de Pluna no se requería que se presentaran empresas del rubro
navegación aérea, los gerentes de Leadgate crearon una empresa en
Panamá.
"Adquirieron en la República de Panamá la sociedad denominada
Leadgate lnvestiment Corp, inscripta en el Registro Público de Panamá el
28 de dieciembre de 2006 poco tiempo antes de ser seleccionada por
FICUS CAPITAL para el emprendimiento. Dable es señalar, que ya desde el
principio, la mencionada empresa inicia una serie de oscuridades, que se
mantendrán hasta el final de su actuación, toda vez que la constitución
de garantía por el mantenimiento de la oferta, que se sitúa en dos
millones de dólares, fue en definitiva prestada por Leadgate S.A.,
empresa distinta, de propiedad exclusiva de Campiani", señala el
documento.
Si bien el fiscal reconoce la difícil situación en la que se
encontraba el Poder Ejecutivo por la quiebra de Varig y los problemas de
conectividad que esta trajo, entiende que los controles no fueron
suficientes: "Los controles que debían ejercer tanto los Directores de
Pluna Ente Autónomo, como los de los Ministerios de Transporte y Obras
Públicas y de Economía y Finanzas, al menos hasta el año 2010, no fueron
suficientes, lo que impidió una exacta consideración sobre la forma en
que se desarrollaba la operativa de Pluna S.A".
En ese sentido, señala que los socios privados tenían mayoría y que
desde mediados de 2010 las decisiones se tomaban sólo con los votos de
los empresarios. El fiscal señala que los tres procesados tenían la
finalidad de remodelar la empresa, hacer crecer su valor, para luego
venderla.
"Para conseguir tal objetivo era necesario presentar balances que no
respondían a la realidad, hacerlos tardíamente, retacear la información a
los directores públicos y contratar consultas con especialistas que
reflejaban visiones parciales, siempre beneficiosas a los intereses de
los indagados, como las realizadas por el Dr. Ricardo Olivera en el mes
de abril de 2011", señala el documento.
"Comenzaron a gestionarse préstamos garantizados por la venta de
pasajes, primero en el Uruguay, luego en la República Argentina, para
finalmente gestionar un préstamo en la República Federativa del Brasil,
por treinta millones de dólares con la opinión contraria de los
directores públicos, que unido a la ya mencionada venta de los activos
fijos, ilustra con claridad las dificultades que cursaba la empresa,
negada por los indiciados, quiénes persistian en su propósito de
conseguir un comprador", agrega el fiscal.
En ese marco es fiscal advierte la creación de "una compleja
ingeniería de empresas" que eran utilizadas para modificar balances y
transferir fondos desde Pluna a las otras empresas.
"La Fiscalía considera asimismo, que las estratagemas cumplidas por
los indagados también se objetivizan en uso de empresas subsidiarias a
PLUNA S.A., EASTERN JET 1 y 2, con importantes transferencias de fondos,
que permitían luego la facción de balances consolidados; o el manejo en
la República Argentina de las empresas AEROVIP Argentina, SAS S.A.,
creando una compleja ingeniería de empresas, les permitió girar fondos
hacia ellas, por PLUNA S.A. (...) incrementando notoriamente los
gastos de la propia PLUNA, en beneficio de las empresas subsidiarias o
coligadas por ellos manejadas. A juicio del suscrito no es de recibo,
bajo ningún concepto, la citada operativa, que pauta las oscuridades que
se visualizaban desde el incio de la intervención de Leadgate", señala
el documento. "Llama poderosamente la atención el uso de empresas con
nombres similares, al igual que en las originarias Leadgate lnvestiment
Corp y Leadgate S.A., que sin duda inducen a confusión, presente en la
propia denuncia del Partido Nacional que refiere como empresa denunciada
a Leadgate S.A. llustra sobre esa ingeniería de empresas también las
circunstancias de que documentaciones o giros que debían efectuarse en
favor de algunas de ellas, aparecieran en la contabilidad de otras",
agrega.
Otro de los puntos tratados por el fiscal es el hecho de que en
reiteradas ocasiones los ahora procesados intentaban vender sus acciones
en Pluna, reforzando el interés por presentar la empresa como con
funcionamiento regular, mientras que por otro lado incrementaban sus
deudas.
Ya con cierta indignación, el fiscal da cuenta de los salarios y los
bonos cobrados: "es bueno señalar que el manido argumento manejado por
(uno de los indagados) que aportó treinta millones de dólares y se
retirÓ con un dólar es absolutamente falso. Basta decir que como gerente
percibían un salario de decisiete dólares mensuales, gozaban de
importantes gastos de representación, cobraron un bonus de treinta y
ocho mil dólares por la presunta buena gestión desarrollada en el año
2011, cuando ya habían iniciado lo que podremos catalogar como
"calesita" con los cheques destinados al pago de ANCAp, recibieron pagos
reparatorios por parte de PLUNA Ente Autónomo por mas de seiscientos
dieciocho mil dólares y ello como mínima expresión de las
irregularidades, que pese a la urgencia de este dictamen no pueden dejar
de señalarse".
La deuda con ANCAP
Hasta diciembre 2010 la empresa cumplió con los acuerdos con ANCAP
establecidos en 2008 pero después de allí, empezó a pagar en diferido e
intentado a través de cambios en las fechas de los cheques "inducir a
error" a los funcionarios de ANCAP, además de librar varios cheques sin
fondos.
"No cabe duda alguna de que Pluna SA carecía de los fondos necesarios
para cubrir los cheques reseñados, que fueron devueltos luego de que la
empresa solicitara concurso, en algunos casos únicamente por la demora
de ANCAP en presentarlos al cobro. No obstante ello, la Fiscalía
considera que tanto por la forma de creación, la clandestinidad de sus
entregas, sin ninguna comunicación con los Directores de Ancap cuando se
variaba aspectos sustanciales de lo acordado, constituyen una de las
tantas maniobras cuyo reproche pretenderá la Fiscalía", agrega el
documento.
Lorenzo y Calloia
En cuanto a la participación del ex ministro Lorenzo y el presidente
del Banco República en un delito de abuso de funciones, el fiscal Gómez
señala que luego de la creación del fiedicomiso para la colocación de
los siete aviones Bombardier CRJ 900, y la primer remate que fue
suspendido por falta de oferentes, el ministro de Economía se comunicó
telefónicamente con Calloia para que facilitara el aval necesario para
presentarse al remate que se realizó el 1º de octubre de 2012.
"El lunes 1º de octubre de 2012, fecha de la subasta,
aproximadamente al mediodía elSr.Ministro Fernando Lorenzo se comunicó
telefónicamente con el presidente del Banco República, Fernando Calloia
expresándole - según sus dichos - que el Sr. López Mena había
manifestado que acercaría a una empresa, y que "Si ello ocurría, le
estaba solicitando al BROU, que hiciera los máximos esfuezos que tuviera
a su alcance para emitir ese aval en particular", dice la vista fiscal.
El documento cuenta que Herán Calvo Sánchez se presentó cerca de la
una de la tarde en la sucursal de Ciudad Vieja en representación de la
aerolínea Cosmos y se le dio el aval, siendo Calvo el único oferente por
137 millones de dólares.
"El 3 de octubre son fotografiados almorzando en un restaurant de la
Ciudad Vieja, el Ministro de Economía, el empresario López Mena, el
español Calvo y otras dos personas, desencadenándose en consecuencia el
escándalo social, gremial y político de público conocimiento", recuerda
el fiscal.
Tras el incumplimiento de la garantía de Cosmos, el empresario López
Mena envió una carta al presidente del Banco República, señalando que se
haría cargo de la deuda, la carta fue escrita el 4 de marzo de este
año.
Ante la sede, Lorenzo dijo que conoció el nombre de la empresa que
llevaría López Mena el mismo día de la subasta y que llamó a Calloia
para "conseguir la cooperación del BROU para que quiénes podían ser
participantes en la subasta llegaran a serlo si estaba en condiciones"
"A pesar del legítimo esfuerzo del denunciado por descartar cualquier
otra vinculación con el otorgamiento del cuestionado aval bancario, - a
juicio de este dicente - emergen relevantes elementos probatorios que
respaldan lo contrario. En efecto, el Sr. Ministro, excediendo los
límites de su ámbito de competencia funcional, concedió el respaldo
orgánico del Ministerio de Economía y Finanzas, en favor únicamente de
la aerolínea española COSMO, desconocida en el mercado regional, y tan
solo una de las cuatro interesadas en participar del remate de las siete
aeronaves Bombardier CRJ 900 de la ex PLUNA - (a saber: Grupo Molinari,
Mont Fortelco y la Embajada de Venezuela), para que, en el exiguo plazo
de dos o a lo sumo tres horas, obtuviera ante el Banco de la República,
el otorgamiento de un aval de mantenimiento de oferta por la suma de
U$S 13.885.156 (Dólares Americanos), sin exigir simultáneamente la
presentación de contragarantía, en detrimento y clara desigualdad con
las restantes interesadas", señala el documento agregado que en el
momento en que el BROU dio el aval "no contaba con la información
mínima" para hacerlo.
A modo de prueba, el fiscal plantea la declaración de un funcionario
del BROU: "recibo la llamada del Pte. Del Banco. Me pregunta sobre el
aval, le comunico las condiciones que me había dado el solicitante para
la misma y que al ser una firma extranjera que no tenía antecedentes en
el banco y el solicitante no había ofrecido ninguna garantía en su
respaldo, no podíamos considerar la garantía de mantenimiento de oferta.
A lo que este me indica que se trataba de un tema de interés nacional
...., que él tenía el consentimiento de /os directores del banco
necesarios para la aprobación del aval. La ejecutiva de cuentas estuvo
presente también en esta conversación y se contaba en ese momento con
muy poca información de la empresa COSMO".
"El ministro de Economía ilegitimamente operó de garante verbal
frente al Banco República, en favor de una empresa extranjera COSMO
S.L., mientras ésta entregara con posterioridad al 1" de octubre 2012,la
Póliza pendiente", señala el documento.
A todo esto López Mena declaró: "La verdad es que no tuve
intervención, porque cuando se concreta la empresa española, de acuerdo
al pliego necesitaba un aval. El Ministro de Economía dijo "el aval se
lo damos nosotros" porque no había tiempo, no se podía conseguir un aval
en 10 días. Después yo le informo al Sr. Hernán Calvo que el aval se lo
daba el gobierno y luego ellos debían conseguir una garantía para el
aval".
"Los argumentos excusatorios manejados por ambos profesionales - en
concepto del suscrito - son inadmisibles. No es concebible que en un
Estado Democrático de Derecho, en un período de suma trascendencia
histórica para el país durante el cual cierra la única aerolínea
nacional, y se crea en forma excepcionalísima un Fideicomiso de
Administración por la Ley 18.931, con el fin de procurar la
transferencia de los activos de PLUNA a un nuevo titular a través de un
procedimiento competitivo público de adjudicación, nada menos que el
Ministro de Economía, y el Presidente del Banco República, interfieran
propiciando una preferencia totalmente inaceptable e ilegítima, en
relación a uno de los interesados en la subasta", concluye el fiscal.
Gómez agrega que Lorenzo "abusando de poder funcional que le confiere
su posición institucional, arbitrariamente operó como garante verbal de
una aerolínea privada extranjera, que no cumplía en tiempo y forma con
los requisitos exigidos por la normativa vigente y se encontraba entre
otros interesados en participar en el remate de las siete aeronaves de
la exPluna".
En cuanto a Calloia señala que "aceptando esta situación irregular
instruyó a personal subordinado a efectos de conceder indebidamente el
cuestionado aval, sin la información necesaria, permitiendo que en
definitiva, COSMO S.L. fuera el único mejor postor".
"Desde luego que dichas actuaciones exceden la mera irregularidad
administrativa, determinado una clara desigualdad con respecto a las
restantes empresas interesadas en participar en la subasta. Se trata de
verdaderos actos arbitrarios cometidos con abuso del poder funcional que
ostentan los indagados, en virtud de sus respectivos cargos públicos",
agrega.
Montevideo Portal
vista_fiscal_21-12-13_pluna_leadgate_gomez.pdf - La vista fiscal
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