EL CANGREJO DEBAJO DE LA PIEDRA DETRÁS DEL DRAGADO DEL CANAL MARTIN GARCIA ESTA EN EL INTERÉS DE LAS GRANDES MULTINACIONALES DE LA CELULOSA


Entrevista al  Fiscal Enrique Viana. Lunes 20 de agosto de 2012 en cx36
“Botnia es un interesado número uno en el dragado de Martín García. Y el otro interesado es Montes del Plata.
¿Por qué Montes del Plata? ¿Siendo que Montes del Plata ya no está sobre el Río Uruguay, está pasando el canal, está sobre el Río de la Plata, qué interés puede tener Montes del Plata? Bueno, un interés similar, y ese surge del contrato de inversión realizado el 18 de enero del 2011. Hay un par de cláusulas en el contrato de inversión que establecen como condición número 1 de la instalación de la planta de celulosa la terminal portuaria. Obviamente necesitan un puerto para sacar la celulosa y el dragado del canal de acceso”


Chury: Le damos la bienvenida al fiscal Enrique Viana.
Enrique, bienvenido...
Viana: Gracias Chury, un placer.
Chury: Muy bien, vamos a comenzar diciéndole al Viana que hemos estado hablando en estos últimos días sobre el tema dragado del Río de la Plata, canal Martín García. Estuvieron por aquí por el Frente Amplio Martínez Huelmo, por el Partido Colorado Amorín Batlle, por el Partido Nacional estuvo el presidente del directorio y senador Luis Alberto Heber, por Asamblea Popular estuvo Eduardo Rubio. Pero por el punto de vista de alguien que tiene mucho que ver con el derecho ambiental es que justamente hemos invitado a Enrique Viana para que nos dé su opinión sobre este asunto y qué intereses se esconden detrás de esto, o qué cosa hay, a quién beneficia y a quién perjudica, si los hay...
Viana: Bueno, buenos días.
Sí, las perspectivas que uno puede tener o la visión que uno puede tener está condicionada en primer lugar a una falta de información, una falta de transparencia en todas estas actuaciones.
Siempre se dice que habiendo actividades económicas o comerciales en juego hay un núcleo de información que queda reservada por las razones obvias de la competencia, de las fórmulas y de las tecnologías y de los aspectos que pueden estar rayando más en el lado científico.
Pero de cualquier manera hay una muy importante parte de esa información que debería ser información pública en la medida en que hay 2 Estados que están de alguna manera o directamente implicados en un tema tan importante como puede ser el dragado de Martín García. Hay un tratado del Río de la Plata que lo regula o que de alguna manera pone las reglas centrales para ese tipo de actividades sobre el Río de la Plata.
Lo que sucede es que obviamente el dragado es un negocio, es un negocio muy lucrativo para quienes lo desarrollan y eso requiere la contratación de empresas internacionales.
Pero aquí lo que hay, a mi juicio, y ya le digo con esa salvedad de que uno conoce sólo la punta del iceberg en cuanto a materia informativa. Lo que hay es el interés de 2 grandes empresas porque ese dragado se realice. Una es Botnia que obviamente necesita sacar la celulosa del puerto de Nueva Palmira. Hay que recordar que Botnia traslada la celulosa desde Fray Bentos, desde un muelle que tiene en Fray Bentos en barcazas hasta el puerto de Nueva Palmira. Ahí hace un copio a la espera de la llegada de los buques que se llevan la celulosa.
Indudablemente que el dragado, la realización del dragado supone que pueden llegar buques de mayor calado y en menos oportunidades se pueda llevar la celulosa rumbo a los destinos conocidos de Europa y Asia. La no existencia del dragado hace que ese trasiego se tenga que hacer con buques de menor calado y eso supone un costo mayor para la empresa. Que se tenga que hacer a través del otro canal, no lo tengo muy claro, pero a través del canal Mitre, también supone aumentos de costos para la empresa.
O sea que uno de los interesados, el número uno diría, en el tema del dragado es Botnia. Hay un episodio histórico que siempre recuerdo, que cuando se estaba inaugurando el puerto de Ence, allá al norte del puente de Fray Bentos, la planta de Ence se iba a instalar en M’Bopicuá que es a pocos kilómetros de donde está instalada hoy Botnia. Botnia está al sur del puente y Ence había instalado su puerto e iba a instalar su planta de celulosa al norte del puente.
Bueno, allí, cuando se inaugura, si yo no recuerdo mal eso fue en el año 2003, como Ence estaba vinculado a Galicia vino el presidente de la Xunta de Galicia, Don Fraga Iribarne y él hizo una manifestación, me acuerdo que salió en los títulos del diario el “El País” muy clara. “Ahora le toca al Uruguay dragado y trenes” –dijo él. Nosotros o Galicia pone una planta de celulosa, ahora le toca al Uruguay dragado y trenes.
Bueno, hasta el día de hoy quizás esa demanda, ese reclamo o esa condición para instalar una planta de celulosa sigue estando en pie, son las demandas que hoy vemos a diario. Los trenes para el traslado de la madera hasta las plantas de celulosa y el dragado para la salida de la celulosa rumbo a los mercados correspondientes.
O sea que Botnia es un interesado número uno en el dragado de Martín García. Y el otro interesado es Montes del Plata.
¿Por qué Montes del Plata? ¿Siendo que Montes del Plata ya no está sobre el Río Uruguay, está pasando el canal, está sobre el Río de la Plata, qué interés puede tener Montes del Plata? Bueno, un interés similar, y ese surge del contrato de inversión realizado el 18 de enero del 2011. Hay un par de cláusulas en el contrato de inversión que establecen como condición número 1 de la instalación de la planta de celulosa la terminal portuaria. Obviamente necesitan un puerto para sacar la celulosa y el dragado del canal de acceso.
Entonces allí el Estado uruguayo, el Poder Ejecutivo, se comprometió a interceder ante la CARP (Comisión Administradora del Río de la Plata) para que la draga que se utiliza o se va a utilizar para el dragado del Martín García sea utilizada luego para dragar ese canal de acceso al puerto de Conchillas o Punta Pereira donde está instalada la planta de celulosa.
Es decir, con estos hechos a la vista, mi perspectiva, podrá ser opinable, es que los principales interesados en el dragado son 2 empresas anacionales, 2 corporaciones extranjeras que están instaladas en el país. No hay otro interés que esté pesando en esta circunstancia.
Obviamente que en esta perspectiva y sabido es, no voy a ingresar en esos aspectos porque no me corresponde, pero sabido es el conflicto que ha habido con Argentina con respecto a las plantas de celulosa. Obviamente que la contraparte, es decir, la República Argentina conoce o el gobierno argentino conoce de estas circunstancias y ahí es que estamos viendo esta suerte de debate permanente entre un Estado y el otro.
Pero aquí se da un poco el fenómeno de lo que venimos denunciando de alguna manera. Yo lo llamo el síndrome Chasman y Chirolita invocando a aquel humorista genial de hace muchos años que yo lo veían de niño ¿no? Un poco el síndrome de ventriloquia, es decir, cuando a veces los Estados manifiestan ciertas posiciones pero detrás de esas posiciones están los intereses de las empresas privadas y so hace más grave la situación.
Algo parecido podemos decir que está pasando con el famoso puerto de aguas profundas, y ahí sí vinculado a otra empresa como es Aratirí.
Chury: En todas las discusiones que se han tenido sobre esto últimamente aparece una figura, aparecen Bustillo y el famoso intento de coima que determinó en un momento inclusive la renuncia del embajador itinerante de Uruguay, de Baráibar, pero que después quedó en nada. El Uruguay le ratifica la inmunidad a Bustillo mientras Argentina dice tomar medidas en función de que aclaren ese tema en Uruguay, el tema es de esa denuncia de coima y todo esto.
Uno piensa, si es tan car para Uruguay el tema de dragar el canal Martín García, por qué no decirle a Argentina que nosotros le quitamos por un tiempo la inmunidad a Bustillo y que declare porque no tiene nada que ver con nada, no está involucrado en nada delictivo. ¿Por qué no lo vamos a hacer si es así?
Como que hay cosas que confunden, una pregunta que uno le ha hecho no solo a quienes están por la mayoría absoluta en el Parlamento sino a otros partidos y también hay como una cuestión de evasiva permanente con respecto a esto...
Viana: Sí, bueno, yo en los aspectos penales no me gusta ingresar porque no son parte de la materia en la que yo ejerzo mi oficio como fiscal.
Vuelvo a reiterar, creo que esas condicionantes, esos intereses que hay por detrás en estas situaciones, intereses privados, que uno no le quita legitimidad por el hecho de ser privados, todo lo contrario, pero esos intereses que de alguna manera influyen en las decisiones o que condicionan las decisiones del Estado hacen que a veces algunas actitudes como la que tu explicabas no se entiendan o no tengan una clara definición.
En lo personal, lo que uno reclama como un ciudadano común es que se digan las cosas, que se diga que si en definitiva el dragado es muy importante para Botnia y es una condición que se comprometió el estado en algún momento, yo estoy convencido de que ha sido así. Esa expresión que te mencionaba de Fraga Iribarne era muy significativa ¿no? Las empresas extranjeras dicen: bueno, yo vengo a poner acá la industria, ustedes me tienen que dar infraestructura. La famosa concepción que dijo nuestro presidente de la República responde también a esa misma idea.
Es decir, los Estados tienen que darle la infraestructura a estas empresas para que estas empresas caminen y funcionen a un menor costo.
La gran dificultad ahí está en el tema de siempre. Bueno, pero ojo, estas empresas están radicadas en zona franca. Y al estar en zona franca hay una renuncia fiscal del Estado muy importante, hay un favorecimiento de estas empresas muy importante.
¿Y además de esa renuncia fiscal hay que hacerle las carreteras, clocarle los trenes, hacerles el dragado, hacerles los puertos? Parece ya algo demasiado excesivo amen de los problemas que uno viene denunciando, de los problemas de contaminación y degradación que van a quedar por los años de los años.
Chury: El puerto de aguas profundas o los puertos de aguas profundas, porque yo recuerdo al chino que estuvo de primera línea, este hombre en el gobierno chino, sumamente interesado –según los medios- entorno al puerto de aguas profundas. Se habló hasta del lugar, en fin, hubo una aproximación al tema.
Una semana después el propio Mujica y Aratirí anuncian un puerto de aguas profundas.
También hay otros integrantes de otros partidos que hablan con entusiasmo, con un gran entusiasmo, el otro día hablaba con Heber y él estaba totalmente convencido de que los puertos de aguas profundas terminarán con el tema del dragado del Martín García porque en el Atlántico no se necesitan acuerdos bipartitos para tener puertos.
¿Qué supone que hay detrás de esos emprendimientos, que ya no es manifiesto por un puerto sino por 2 ó 3?
Viana: Sí, hemos tenido algún debate incluso epistolar con el senador Heber en ese sentido y él manifestaba esa postura que tu decís.
Yo creo que lo importante en estas cosas a veces es tener presentes los documentos. De los pocos documentos que se conocen con respecto al puerto de aguas profundas está un documento que se llama resumen y que ha sido conocido parcialmente.
Pero ese documento significativamente no habla menos de 4 ó 5 veces de la minería y de Aratirí como razón de ser. Eso para mí es crucial, es decir, el puerto de aguas profundas en las distintas ubicaciones que de alguna manera se han ido debatiendo, discutiendo y negociando porque es parte de una negociación de Estado con intereses privados, principalmente Aratirí. Bueno, el puerto es para Aratirí. Todas las otras actividades que se coloca un poco a título de etcétera, granos, combustibles, en fin, una serie de actividades que se mencionan como que también podrían servir para un puerto que en realidad tiene un visión multipropósito, va a ser para muchas cosas, la única razón del puerto hoy es Aratirí.
Allí se produce un vicio muy grave, un vicio desde el punto de vista del derecho ambiental. El derecho ambiental se rige por el principio de prevención, es decir, por aquello de más vale prevenir que lamentar, el famoso proverbio que ha sido adoptado por el derecho ambiental.
El artículo 47 de la Constitución y la Ley de Protección del Medio Ambiente gira entorno a ese eje de prevenir.
Ahora, ¿cuál es el enemigo de la prevención? Y la política de hechos consumados. ¿Qué supone esta política? Apurar una serie de episodios, de hechos para e alguna manera evitar todo mecanismo de prevención o de evaluación de eventuales impactos que puede ocasionar una actividad desde el punto de vista ambiental.
Ahora, si tu autorizás un puerto o decís que se va a hacer tal puerto antes de haber autorizado la actividad industrial. La actividad de Aratirí no ha sido autorizada porque hay un proceso de evaluación de impacto ambiental que está en trámite y que no ha sido autorizado.
Pero si tu autorizás el puerto, ponés de alguna manera la carreta adelante de los bueyes, de alguna manera ya estás autorizando de por sí la actividad industrial.
¿O qué es lo que va a pasar? Después de autorizado el puerto van a decir, bueno, ya tenemos el puerto, cómo levamos a decir que no a Aratirí.
Eso se llama política de hechos consumados. Es una metodología que se usa para violar el principio de prevención que rige en materia ambiental y que tiene su raíz constitucional en el artículo 47 de la Constitución.
Cuando el artículo 47 habla de un deber de abstención de daños ambientales está enunciando de esa manera el principio de prevención.
Pero volviendo un poco a la raíz de tu pregunta, si el puerto es para Aratirí, a su vez de plantean otras condiciones. Se han dictado una serie de actos administrativos cuando el puerto todavía legalmente no ha sido autorizado. Hay un proyecto de ley para autorizar el puerto y sin embargo se han dictado actos administrativos, entre otros nada menos que la expropiación de un número muy importante de inmuebles, sin que exista una ley que autorice el puerto. O sea que fijate vos allí también el apresuramiento que hay por concretar una serie de hechos irreversibles que luego van a justificar las autorizaciones legales o las autorizaciones administrativas.
Esa es un poco la realidad, así como veníamos hablando del tema del dragado...
Chury: Es un se hace y después se avisa...
Viana: Exactamente, o se hacen algunas cosas que inevitablemente conducen a lo otro.
De cualquier manera hay un aspecto que hay que resaltar, lo más grave de todo esto es que hay 2 proyectos de ley que vienen unidos también a esta circunstancia. Uno es el famoso proyecto de ley de megaminería que tanto se ha anunciado y todavía no ha sido presentado. Pero la última información que tuvimos es que Aratirí está colaborando para realizar el proyecto de ley. O sea que la propia interesada, la interesada anunciada como número 1 hoy en el tema de la megaminería está contribuyendo a elaborar un proyecto de ley que la va a regir.
Entonces entramos otra vez al campo de las leyes a medida o de las leyes con nombre y apellido.
Y hay otro proyecto de ley, que a mi juicio es bastante peligroso, es un anteproyecto que está ahora de manifiesto en el Ministerio de Medio Ambiente, que es un anteproyecto de ley de directrices de ordenamiento territorial que prevé de alguna manera otorgarle al Poder Ejecutivo nuevamente una amplia discrecionalidad en materia de decidir dónde se van a instalar determinadas actividades industriales, entre otras la minería.
El diputado Cardoso lo dijo el otro día, que era un proyecto que era necesario que se aproara como ley antes de la instalación de Aratirí.
Todas estas cosas sumadas, puerto y estos proyectos de ley, nos hablan de una empresa que está tomando decisiones a través de funcionarios públicos. Y eso es inevitable de concluir en estos días.
Chury: ¿El daño ambiental, hipotetizando que hubiere 1 ó 2 puertos en la costa de Rocha, es muy abarcativo en una región?
Viana: Y sin duda. Nosotros, los montevideanos que somos muy poco afines a ponderar el interior del país, de cualquier manera tenemos la presencia del puerto de Montevideo y sabemos lo que significa, históricamente lo que ha significado el puerto de Montevideo. De alguna manera el lecho de la bahía de Montevideo debe ser el territorio más contaminado del país. No sólo por la actividad portuaria, hay que sumare la actividad de ANCAP, el desagüe de las aguas cloacales, pero gran parte de la contaminación de la bahía de Montevideo tiene su razón de ser en el funcionamiento del puerto. Todo puerto tiene esas connotaciones.
Ahora, un puerto de aguas profundas, como se anuncia que se va a instalar en la costa de Rocha, supone también abarcar un territorio costero muy, muy extenso, al menos por el kilometraje y el área que se anuncia. Es una muy importante ocupación de una aja de la costa, de una costa privilegiada. En estos tiempos repito un poco algo que vengo diciendo desde hace más de 3 años. Rocha, por las características, se ha tornado en un motín muy apetecible por parte de muchos intereses, la costa de Rocha en especial. De alguna manera allí se está dando la última batalla en materia ambiental, o la última batalla por un Uruguay Natural se está dando en el departamento de Rocha. Eso lo predije hace mucho tiempo.
Una batalla de una guerra que yo creo que lamentablemente se está perdiendo o está perdida.
Chury: O está perdida.
Olvidé, Enrique, plantearte  el puerto de La Paloma que se transformaría en un puerto maderero y realmente yo creí que eso estaba bastante desactivado pero no es así...
Viana: No, no es así. Hasta donde la información me acompaña no es así.
El puerto fue acondicionado, se hicieron algunas tareas para hacer una suerte de explanada en especial y algún tipo de dragado también para acondicionar la madera que pretende sacar Botnia con la cooperación de Christophersen, la empresa marítima que también tiene intereses allí, sacar la madera de la forestación que hay en la zona. Es decir, no sólo en el departamento de Rocha sino en los departamentos inmediatos.
Esa forestación en esa zona ha sido adquirida por Botnia y tiene la necesidad de transportarla hasta la planta de celulosa en Fray Bentos. Para eso necesita el puerto porque obviamente no hay carreteras ni hay vías férreas ni trenes que la puedan transportar hasta Fray Bentos y entonces necesita el puerto para su traslado. Incluso las versiones que yo tenía hace unos meses es que esa madera ya está cortada, ya fue talada y está pronta para ser enviada.
El problema de ese puerto esencialmente es que para llegar a ese puerto que hay que atravesar la ciudad de La Paloma con todos los perjuicios que eso va a crear en la ciudad y en la costa inmediata al puerto.
Los que conocen La Paloma saben que el puerto está sobre la playa en una línea continua con las playas de La Paloma.
Ahí hay otro aspecto bastante interesante, la Fiscalía tiene iniciado un procedimiento con respecto a eso donde se ha demostrado que no ha habido un procedimiento de evaluación de impacto ambiental para esta actividad.
Se dijo en algún momento que no era necesario un estudio de impacto ambiental porque lo que se estaba haciendo eran reformas del puerto. Pero en realidad lo que se cuestiona allí no es el puerto en sí o las modificaciones que se le hagan al puerto, o los arreglos o acondicionamientos que se le hagan al puerto sino toda la actividad. Es decir, el puerto se está arreglando o se arregló para una actividad que supone el trasiego de esa madera con un importante número de camiones pasando a diario llevando la madera y el acopio de esa madera. Sobre eso no hubo procedimiento de evaluación de impacto ambiental, no hubo un estudio de impacto ambiental.
Más aun, en determinado momento se firmó un convenio entre la Intendencia, la empresa, el Ministerio de Turismo y si mal no recuerdo la Administración Nacional de Puertos, pero expresamente se dejó de lado la participación del Ministerio de Medio Ambiente.
¿Por qué se dejó de lado al Ministerio de Medio Ambiente? Bueno, yo estoy convencido que si de alguna manera se utilizó al Ministerio de Turismo para sustituir al Ministerio de medio Ambiente es porque inevitablemente, aunque no se quisiera, el Ministerio iba a tener que exigir la realización de un estudio de impacto ambiental.
Fíjense ustedes cómo a veces se utilizan algunas formas jurídicas para eludir otras. Pero esa es la realidad, es inminente, hasta donde sabemos, el funcionamiento de ese puerto para sacar esa madera para Botnia.
Chury: El pedido de revocación del permiso a Montes del Plata, presentado justamente por ti, ¿cuál fue el dictamen del juez y cómo sigue eso ahora?
Viana: Sí, en efecto, nosotros habíamos presentado una demanda el año pasado pidiendo la nulidad del contrato de inversión de Montes del Plata. Los 2 demandados eran quienes habían suscrito a ese contrato, es decir, el Poder Ejecutivo por un lado y la empresa Montes del Plata por el otro. La empresa Montes del Plata que comprende un conjunto de económico de diversas empresas, ya no sólo las sociedades anónimas que aparece registradas en el Uruguay sino que supone un grupo económico integrado por 2 grandes internacionales que son Arauco de origen chileno y Stora Enso de origen sueco-finlandés.
Ese contrato que fue firmado el 8 de enero del 2011, la Fiscalía pidió la nulidad de ese contrato porque entiende que se condiciona la voluntad del Estado de una forma tal que los 3 Poderes del Estado son realmente dañados en el ejercicio libre y autónomo y los conceptos de soberanía y de República quedan seriamente cuestionados con la firma de ese contrato.
Se ha seguido un proceso ordinario para resolver esa nulidad que está pidiendo la Fiscalía, se dio la oportunidad de que se contestara la demanda por parte de los 2 demandados y luego se hizo una etapa probatoria, sobre todo con la incorporación de alguna documentación. Finalmente se hicieron los alegatos y el día lunes pasado, el 13 de agosto la señora juez dictó una sentencia y desestimó la demanda. Es decir, rechazó la demanda de nulidad.
A partir de ese momento está corriendo un plazo de 15 días para que las partes, o en este caso a la parte que no se le hizo lugar como es la Fiscalía, tenga la posibilidad de apelar la sentencia a los efectos de obtener una decisión de un Tribunal de Apelaciones.
Esa es la situación resumida de la situación procesal de este asunto.
Chury: ¿La apelación se va a concretar?
Viana: Sí, se va a concretar. Nosotros entendemos que la sentencia incurre en algunos errores, sobre todo porque no hace un análisis del punto de vista constitucional. La Fiscalía planteó la nulidad del contrato entendiendo que el contrato tenía objeto y causa ilícita. Es decir, que por el contenido el contrato suponía violar normas constitucionales, aquellas normas constitucionales que prohíben ceder, entregar o negociar cuestiones que son innegociables, como por ejemplo, la voluntad legislativa.
Es decir, el contrato prevé una cláusula que habitualmente se la llama a nivel doctrinario “de congelamiento del derecho” por la cual el Estado se obliga o se compromete a que, para el caso de que se dicte una nueva ley que pueda eventualmente la empresa entender que modifica la ecuación económica, que le hace perder dinero, el Estado se verá obligado a resarcir o a compensar a la empresa por esa nueva ley que pueda surgir y que pueda perjudicarlo. Ya sea que la nueva ley apunte a temas tributarios o a exigencias referidas a permisos o autorizaciones, por ejemplo, ambientales. Que se le exija, por ejemplo, un seguro ambiental a la empresa o que por ley se le exija algún mecanismo de tributación desde el punto de vista ambiental, por poner ejemplos que se me vienen a la mente en este momento.
Bueno, cualquiera de estas posibilidades suponen que la empresa deba ser compensada. Esto es un gran freno a la capacidad, a la potestad legislativa del Estado. Porque, para decirlo en pocas palabras, el Estado parea cambiar la ley le tiene que pagar a la empresa, tiene que compensar a la empresa, eso supone ponerle un yeso a la mano del legislador. Bueno, esa y otras cláusulas que han sido establecidas en el contrato de inversión suponen, a juicio de quien habla, una clara violación de la Constitución. Suponen nada menos que violar la estructura esencial de una Constitución que son la definición de República y de Estado soberano independiente de todo poder extranjero.
Supone que las decisiones del Estado, nada menos que las legislativas que deberían pertenecer al soberano, deberían pertenecer al pueblo a través de sus representantes, en realidad de esta forma, mediante un contrato, mediante un consentimiento que otorga el Poder Ejecutivo, ya no pertenecen al pueblo sino que pertenecen a una empresa privada. Lo cual me parece absolutamente grave e intolerable en un Estado que se diga República.
Chury: Pero esto distancia la equidistancia, valga el juego de palabras, entre los Poderes del Estado de alguna manera...
Viana: Los condiciona absolutamente. En alguna medida, cuando el impuesto de la tierra este fenómeno ya se dio. Es muy interesante y eso fue acreditado en el expediente, fue parte de la prueba que Fiscalía pidió como prueba complementaria, como prueba por hechos nuevos, las comparecencias de Botnia y Montes del Plata en ocasión de la discusión del impuesto a la tierra.
¿Por qué tuvieron que comparecer Botnia y Montes del Plata? Porque había legisladores que estaban muy interesados en preguntarles si el impuesto a la tierra perjudicaba la ecuación económico-financiera de Montes del Plata y de Botnia. Allí hubo distintas respuestas. De alguna manera las forestales y Botnia de entrada dijeron que sí, que perjudicaba la ecuación económica la proyectada existencia de un nuevo impuesto. La respuesta más inteligente quizás fue la que dio Montes del Plata a través de su representante, un hombre muy inteligente, muy capaz que es el señor Erwin Kaufmann, el principal de Montes del Plata que dijo: Bueno, cuando sea ley nos tendremos que sentar a conversar con el gobierno a los efectos de saber si nos perjudica o no. Y si nos perjudica eso supondrá que habrá que negociar algún tipo de compensación o de indemnización para el caso de que la empresa tuviera que pagar el impuesto.
Entonces, ya ahí tenemos un ejemplo práctico de cómo funcionan estos mecanismos de los contratos de inversión. Los contratos de inversión hijos de los tratados de inversión, con esta acotación que yo siempre hago, no es nada distinta esta situación que se padece o que se sufre con respecto a Botnia o Montes del Plata cuando se firma un contrato de inversión de lo que se está padeciendo y sufriendo con respecto a la tabacalera Philip Morris. Cuando el Uruguay ha sido sometido a  un mecanismo de arbitraje, como también está previsto en el contrato de inversión con Montes del Plata ante el CIADI, una especie de organismo dependiente del Banco Mundial, ahí está operando aquello que dijeron los presidentes Vázquez y Mujica, la famosa presión chantajista de los monstruos.
Estos mecanismos de consentimientos, estos mecanismos que suponen un inocente contrato, porque claro, la gente puede entender, un contrato, bueno pero el Estado firma una cantidad de contratos. Es cierto, el Estado firma una cantidad de contratos de provisión de bienes, de concesión de servicios. Pero estos contratos suponen ya algo más, suponen, la denominación que les ha dado Naciones Unidas, contratos de Estado. Es decir, contratos por los cuales el Estado pierde autoridad, pierde soberanía, entonces son algo más.
Bueno, esos contratos y la existencia de esos mecanismos de arbitraje previstos en esos contratos para resolver los conflictos entre el estado y la empresa, como el caso de Philip Morris, suponen ya un ejercicio de poder muy importante para las empresas. Que es la amenaza, “la presión chantajista” como fue la expresión que utilizó el presidente Vázquez, “de los monstruos” que fue lo que le agregó el presidente Mujica, supone ya tener el sartén por el mango ¿no? Tener el poder de llevar al Estado a resolver un conflicto ante un organismo privado que además depende del Banco Mundial. Banco Mundial que además financia parte de la instalación de estos proyectos.
Lo que consiguen estas empresas con los contratos de inversión es tener el ideal para cualquier ciudadano, un juez y un derecho propio. ¿Quién no quisiera tenerlos?
Chury: Sí, claro.
Yo estaba observando la información que fue publicada en la prensa argentina de que se evaluará la posibilidad de volver a la HAYA por UPM. El concejo deliberante de los concejales de Gualeguaychú aprobó un proyecto de resolución para exigir a la Cancillería argentina y a la Comisión Administradora del Río Uruguay la difusión de los resultados del monitoreo de UPM.
Lo publicó un diario de aquí pero lo han publicado varios diarios argentinos. Se habla de que el ambiente no estaría mal en Argentina para que la Cancillería tomara esto y se volviera a la HAYA por la falta de difusión.
¿Qué opinión hay sobre eso? ¿Se esperaba esto?
Viana: Hay un problema que se ha planteado, incluso nos involucra directamente porque la Fiscalía, en el proceso judicial que tiene con respecto a Botnia está solicitando información a la CARU, toda la información referida al problema de Botnia. Es un pedido de prueba que fue presentado originalmente cuando se presentó en la demanda allá en el 2005.
Tenemos pocas esperanzas de que ese pedido de información sea respondido en forma, porque ya hemos tenido antecedentes donde la CARU argumenta distintas inmunidades o confidencialidades por las cuales no suministra es información.
¿Qué tiene que ver esto con la pregunta que tú me haces? Es que en efecto, luego que el Tribunal de la HAYA estableció, o de alguna manera le impuso a los Estados una suerte de monitoreo del emprendimiento, haciendo funcionar de alguna manera el principio de prevención. Porque si bien dijo que en aquel momento no se constataban daños, y era imposible constatar daños porque la planta recién se estaba instalando, sin embargo advirtió que a los efectos de vigilar si se producían daños o no había que hacer un monitoreo, un control científico de las emisiones de la planta. En especial de las emisiones líquidas por aquello de que el bien compartido al cual hace referencia el tratado de Uruguay es el río, es el bien común entre uruguayos y argentinos.
¿Qué es lo que sucede? Ha sido convenido por los Estados un mecanismo de monitoreo que ha sido encargado a una empresa extranjera. Se han hecho monitoreos en conjunto, con una comisión integrada por expertos de un país y otro, pero esos resultados de los monitoreos, los resultados científicos no han sido divulgados. Y en este aspecto creo que las responsabilidades son compartidas por ambos Estados. Ambos Estados de alguna manera no han permitido la divulgación de esa información.
Es cierto que los organismos como la CARU tienen que actuar por común acuerdo, pero ese es el fenómeno que se está produciendo hoy, de alguna manera lo que decíamos al principio de esta charla, la falta de información. No de cualquier información, de la información que hace al medio ambiente y a la protección del mismo.
Cuando tenemos, en el caso de Uruguay y en Argentina ocurre lo mismo, tenemos un principio auxiliar muy importante en materia ambiental que es el libre acceso a la información ambiental. Bueno, un organismo público binacional, porque es público por el lado nacional y por el lado argentino, está negando información respecto de los informes ambientales cuando esa obligación fue impuesta o reimpuesta por un tribunal como el Tribunal de la HAYA. Entonces, pienso que po9r allí viene ese interés o esa movida que viene desde Gualeguaychú. Pero también desde el lado uruguayo se ha manifestado, ha sido más de un legislador que ha manifestado que Argentina no quiere mostrar esa información. Y yo he discutido en algún momento con algún legislador y he dicho que hay que averiguar bien quién es el que no quiere mostrar la información. Aparentemente ninguno de los 2 Estados quiere mostrar esa información. Y desde el punto de vista de la ciudadanía es una cuestión muy grave, como te decía.
Chury: Uno es exagerado si piensa que en este plano de las inversiones como se ha id manejando, porque no podemos negar que se produjo una intensificación de este tipo de operaciones. ¿Cuando se produce una reacción contra lo que se considera que es lesivo finalmente a la larga para los intereses del país, no se practica una política de hechos consumados ya, que ya tiene los efectos casi irreversibles?
Viana: Sí, yo entiendo lo mismo, incluso en los últimos tiempos, frente a distintos planteos que han habido de cómo se pueden enfrentar estas circunstancias, más allá de los planteos judiciales y jurídicos que corresponden a una Fiscalía, una de las cosas que más me interesa resaltar es que el conflicto ambiental en el Uruguay es uno solo, ya sea que lo llamemos soja transgénica, ya sea que lo llamemos celulosa y forestación, ya sea que lo llamemos minería a cielo abierto a gran escala. El conflicto es uno solo, se resume al favorecimiento con distintos instrumentos, entre otros vehículos los tratados y los contratos de inversión que se han hecho para la llegada de estas grandes inversiones extranjeras.
La pregunta que uno se podrí hacer, un poco a título de ironía, es: ¿por qué razón estos mecanismos de los contratos y los tratados de inversión favorecen sólo la llegada de las famosas industrias sucias?
Chury: Hay coincidencia sí...
Viana: Hay una coincidencia. Es decir, indudablemente que estos mecanismos de los contratos y los tratados de inversión son el vehículo que se ha elegido para que estas industrias se instalen en nuestro territorio. Y ese vehículo no ha sido elegido quizás por los uruguayos, aunque los uruguayos están prestando el consentimiento para eso, sino que han sido creados por aquellos países que se han querido, yo pongo el hincapié en Europa porque todas estas inversiones tienen un origen europeo, frente a las exigencias ambientales que la comunidad europea fue estableciendo en un especie de torniquete. Es decir, hubo una presión, un aumento gradual de exigencias ambientales en Europa y de alguna manera, las industrias que habían generado un gran desarrollo en Europa pero a su vez habían generado un gran pasivo ambiental, fueron invitadas a ir a otras partes del globo terráqueo en una suerte de ordenamiento territorial global, por decirlo de alguna manera. Y para que fuera interesante desde el punto de vista financiero y económico para estas empresas radicarse lejos de las grandes capitales de Europa, era necesario darles un vehículo para que se dirigieran a allí. Y ese vehículo son los tratados y los contratos de inversión. Por los cuales, entre otras tantas cosas, como ya hablábamos de tener un derecho y un juez propios, lo que más se les garantiza es el no pago de impuestos en los lugares donde se radican y ese es el mecanismo que tenemos de las zonas francas que tenemos hace mucho tiempo y que están funcionando. Es la principal condición que ellos exigen para instalarse en el territorio nacional.
Chury: Las exoneraciones de impuestos son realmente enormemente largas en el tiempo ¿no?
Viana: Sí son, con los condicionamientos que están establecidos, el otro día me preguntaban si este contrato de inversión con Montes del Plata tenía un plazo. En realidad el contrato de inversión no tiene un plazo porque no lo necesita en la medida de que el plazo lo va a dar la actividad industrial, hasta donde la actividad industrial se agote ¿no?
Chury: Sí, hasta donde llegue...
Vina: Y además, los tratados de inversión tienen una peculiaridad, que si bien el Estado puede denunciar un tratado... ¿Qué quiere decir denunciar un tratado en materia de derecho internacional? puede dejar sin efecto un tratado. El tratado mismo, por ejemplo, el tratado con Finlandia establece sí una vigencia de 20 años, establece que el Estado puede denunciarlo unilateralmente pero así mismo dice que si la inversión se hace durante la vigencia de tratado, es decir hasta que se deje sin efecto, se le garantiza un período si no recuerdo mal de 20 años más por el cual ese tratado sigue rigiendo para esa inversión instalada. O sea que es una especie de cerrojo de candado que cierra toda posibilidad de escapatoria.
Entonces, obviamente que estas inversiones tienen plazo, pero tienen plazos que están vinculados al giro de la actividad industrial. Esa es otra de las cuestiones cuando hablábamos de tema Aratirí. Ahí se han hecho muchas hipótesis en cuanto a cuánto podría durar la extracción de hierro, se ha hablado de 7 a 15 años.
Entonces, pensemos también en eso, un puerto de aguas profundas para una actividad de 7 a 15 años. ¿No parece una exageración?
Chury: Sí, ciertamente.
Te quería preguntar: ¿Cómo fue la actividad de Tacuarembó? ¿Tú la apoyaste, participaste?
Y para redondear, los 2 planteos de hacer plebiscitos departamentales o nacionales...
Viana: Bueno, muy interesante la pregunta. Muy oportuna además porque viene de la mano de algunas cosas que venimos diciendo.
Bueno, en general yo no participo en actividades que obviamente suponen una actividad de individuos interesados, de organizaciones y ONG’s y eran decisiones que tenían que ser espontáneas y soberanas de parte de ellos. La Fiscalía en ese sentido, es un organismo público y tiene que mantenerse al margen de ese tipo de decisiones.
Pero he estado al tanto sí porque se ha planteado un debate bastante interesante, que ya venía de antes, pero aparentemente allí en Tacuarembó se volvió a plantear, con buenos argumentos de un lado y del otro que es ese debate, esa dicotomía o esas opciones que se plantean. Que no son opuestas una con otra pero que a mi juicio marca estrategias que hay que mirarlas a la luz del derecho ¿no?
Obviamente que existe la posibilidad de un plebiscito nacional, pero nosotros no tenemos plebiscitos consultivos. En algún momento, creo que era una idea correcta, el presidente Mujica planteó la necesidad con respecto a la minería de hacer un plebiscito consultivo. Lo que sucede es que nosotros en la Constitución no tenemos previstos los plebiscitos consultivos. Eso por un lado.
Pero yo creo, estoy convencido, de que cuando uno está tomando decisiones como esta de la minería que suponen daños a 200 o más años en el medio ambiente en el territorio nacional, sería muy necesaria la figura de un plebiscito consultivo obligatorio y vinculante ¿no? Para que fuera la mayoría la que decidiera y para que dentro de 10, 20 ó 30 años se dijera, bueno, la responsabilidad fue de la mayoría de aquel tiempo y no fue una decisión de una elite, de un grupo de expertos o gobernantes sino que fue la decisión soberana de un pueblo. Eso por un lado.
Por otro lado está la posibilidad de los plebiscitos departamentales que es una conjunción de las normas previstas en la Constitución y las normas previstas en la vieja ley orgánica municipal del año 35. En pocas palabras, como yo te decía que el conflicto ambiental en el Uruguay es uno solo y está muy condicionado por la existencia de esos vehículos que son los tratados y los contratos de inversión y que hay un común denominador para esa radicación de estos emprendimientos extranjeros, las llamadas industrias sucias, no creo que sea conveniente fraccionar los problemas. Entonces, no soy muy a fin a la idea de los plebiscitos departamentales. ¿Por qué? Porque creo que es colocarle en la espalda de los ciudadanos del departamento de Treinta y Tres del ciudadano de Rivera o Tacuarembó, colocarles en la espalda una decisión que le corresponde a todo el pueblo uruguayo.
Es decir, si el pueblo uruguayo quiere tener megaminería a cielo abierto con los impactos que esta tiene, bueno, que sea una decisión de todo el pueblo uruguayo, pero no le carguemos la espalda solamente a la gente de un departamento. Creo que hay un cierto egoísmo del montevideano que no quiere tomar el toro por las astas que no quiere asumir responsabilidades por los daños que se ocasionan en otra parte del territorio.
Yo siempre he dicho, qué distinto pensaríamos los montevideanos si tuviéramos una planta de celulosa sobre el río Santa Lucía o sobre la playa del Pinar. Qué distinto pensaríamos sobre muchos temas, llámese Cerro Chato y Valentines, llámese Fray Bentos. Cuando uno tiene el daño en el zaguán de la casa piensa distinto que cando uno lo ve a la lejanía.
Entonces, creo que un plebiscito constitucional a los efectos de una norma prohibitiva de la minería a cielo abierto como se ha planteado, me parece más plausible y más adecuada que la idea de los plebiscitos departamentales.
Con esta acotación jurídica además, los plebiscitos departamentales tienen un gran problema crearían una norma departamental aplicable sólo en ese departamento. Pero ojo, hay algunas materias que no pueden ser materia de legislación departamental sino que le pertenecen a la legislación nacional. Incluso esa norma podría ser tildada de inconstitucional si una norma de legislación departamental se mete en la competencia de la legislación nacional.
Por ejemplo, la minería, tenemos un código de minería, es obvio que la minería le corresponde a una legislación nacional y no departamental. Entonces querer establecer algún requisito, algún tope, sería bastante difícil.
Chury: Enrique Viana, te agradezco muchísimo los esclarecimientos que nos trajiste esta mañana, como siempre...
Viana: Bueno, el agradecido soy yo...
Chury: Nos encontramos en cualquier momento...
Viana: En cualquier momento estamos en contacto.
Chury: Que pases muy bien.
Viana: Gracias.
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